2. Según corresponda, saludar y/o responder
al saludo del personal asignado al puesto de vigilancia.
3. Tomarse siempre un momento al entrar
o salir para interactuar con el portero. Es posible que el guarda deba entregarle
documentación o correspondencia, advertirle sobre alguna novedad o comunicarle
un recado.
4. Respetar el conducto regular
establecido -en cuanto a administración y vigilancia- en beneficio de todos.
5. Acudir siempre y en primer lugar a
la administración.
6. No dar instrucciones directas a los
integrantes del equipo de vigilancia.
7. No distraer a los guardas
exigiéndoles realizar actividades diferentes a sus funciones o consignas. Estos
colaboradores se deben fundamentalmente a la seguridad comunal; no son -en su
tiempo de trabajo o fuera de éste- auxiliares de los hogares, “toderos” u
obreros, “mandaderos” ni domiciliarios.
8. No recriminar al personal de
vigilancia. Dar las quejas sobre el servicio a la administración para que ésta
acuda al representante de la compañía contratista y se acuerden los acciones
preventivas y correctivas -o las sanciones- pertinentes.
9. No dar a conocer asuntos privados o
íntimos al personal de vigilancia ni permitir que ninguno de los integrantes
del dispositivo se involucre o entremeta con las familias.
10. Salvo que se trate de emergencias
en las cuales los guardas puedan ayudar, no invitar a estos colaboradores a que
ingresen a las unidades de vivienda.
11. No dejar en la portería llaves de
las unidades de vivienda ni de los vehículos.
12. No dejar en la portería dinero en
efectivo ni artículos valiosos como joyas o similares.
13. No confiar el cuidado de los niños
ni de las mascotas a los guardas.
14. Tener en mente que los vigilantes no
son tutores, fiscales, interventores, auditores, supervisores ni guardianes de
las domésticas ni de los demás empleados de los hogares.
15. Permitir que se cumpla el protocolo
de ingreso con residentes y visitantes; no propiciar excepciones.
16. Portar siempre la tarjeta de proximidad
y usarla para acceder a las instalaciones.
17. No pretender que los guardas burlen
las reglas porque lo conocen a usted de tiempo atrás o, peor aún, porque usted
los recompensa de alguna manera.
18. Si el residente se traslada en
vehículo diferente al habitual debe permitir que lo identifiquen y enrolen; lo
mismo si va a bordo de un vehículo como acompañante. No espere que los guardas lo reconozcan a la distancia o,
inclusive, sin abrir la ventana del conductor.
19. Informar siempre que haya altas,
bajas o cambios de cualquier tipo en la plantilla de colaboradores de cada
unidad de vivienda (profesores o instructores, conductores, escoltas,
jardineros, obreros y domésticas).
20. Permitir que las empleadas,
antiguas y nuevas, internas y externas, sean requisadas en acatamiento a las
normas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y
a las consignas expedidas por la compañía y la administración, sin propiciar
excepciones caprichosas y contraproducentes que degradan la disciplina y lesionan
la seguridad.
21. Informar a la portería si
cualquiera de los colaboradores del hogar va a sacar elementos que le fueron
regalados, esto para evitar contratiempos y malentendidos.
22. Si se pretende bonificar a los
guardas, hacerlo exclusivamente a través de la administración.
23. Nunca obsequiar a los guardas bebidas
embriagantes, cigarrillos ni chicles.
24. Estacionar en el lugar convenido.
No usar las zonas verdes, los parqueaderos de visitantes ni las rotondas y “volteaderos”.
25. Efectuar los trasteos o mudanzas
dentro de los horarios permitidos por la ley, las autoridades y la normatividad
propia del multifamiliar.
26. Acatar las observaciones de los
guardas sobre vehículos mal estacionados, exceso de velocidad dentro del
conjunto, fiestas ruidosas, emisiones perjudiciales y todo tipo de conductas o acciones
que contraríen las normas de policía y de convivencia.
27. Conocer y acatar en todo y en sus
detalles el Manual de Convivencia expedido por el consejo de administración, el
cual está respaldado por las disposiciones de ley y la voluntad mayoritaria de
la asamblea de copropietarios.
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