lunes, febrero 09, 2015

Lo Mínimo en Porterías Residenciales

Las porterías de las copropiedades de casas y apartamentos son lugares críticos desde el punto de vista de seguridad en tanto a través de ellas ingresan y salen personas, vehículos, bienes, etc.
Las administraciones deben velar porque en estos lugares se cumpla, al menos, con lo siguiente:
1. Que las entradas peatonal y vehicular estén muy bien diferenciadas (no sólo estética sino funcionalmente).
2. Que se reúnan todas las condiciones de seguridad industrial para las personas (demarcación, pisos no resbalosos, escaleras con bordes antideslizantes, barandas, rampas para los minusválidos, etc.).
3. Que la iluminación tanto diurna como nocturna sea óptima.
4. Que exista un servicio presencial de vigilancia continuo encargado de las actividades de disuasión, prevención, filtro y control.
5. Si fuera necesario, que en las horas pico, es decir dentro de los lapsos de mayor movilidad, se refuerce el dispositivo con otro u otros guardas que ayude(n) al acceso y egreso expedito y protegido de las personas y los vehículos (es evidente que no todo lo puede hacer alguien solo).
6. Que exista un circuito cerrado de televisión de buena calidad, con grabación digital, que preserve evidencias inobjetables de lo que allí sucede.
7. Las cámaras deberían mostrar los detalles faciales de los individuos que se muevan a pie y en carro a través de las porterías y también los aspectos trascendentales de los vehículos como sus placas y marcas.
8. El guarda portero debería disponer de un monitor que extienda su visión al perímetro y a los lugares críticos del multifamiliar, sin aspirar por supuesto a que tenga que estar observándolo todo el tiempo. Este aparato debe quedar orientado de manera que los usuarios no puedan espiar sus recuadros.
9. El DVR no puede quedar expuesto (a la vista y alcance de todos) por ningún motivo. Hay que ubicarlo lejos, en un lugar cerrado y secreto.
10. Los espejos convexos ayudan mucho a dominar los costados internos y externos.
11. Conviene la existencia de un sistema, así sea básico, de control de los residentes que se movilizan a pie. El más sencillo consiste en anotarlos secuencial o cronológicamente en un libro a tales efectos.
12. Debe existir un sistema de control ojalá automatizado para los residentes que se desplazan en carro. El mercado ofrece en la actualidad un abanico tecnológico amplísimo: tarjetas de proximidad, controles biométricos, tags en los automotores, etc. Si no se pudiera adquirir esto, hay que implantar forzosamente un método manual con anotación de las horas de entrada y salida, de los conductores de los carros y del estado de aquéllos.
13. El guarda debe poder comunicarse vía citofónica o telefónica con las unidades de vivienda para anunciar sin excepciones a todos los terceros que pretendan ingresar (familiares de los residentes, empleados, visitantes, proveedores, mensajeros y domiciliarios).
14. El guarda debe poder comunicarse sin limitaciones con el administrador, el "todero", el personal de aseo y sus compañeros vigilantes por vía radial (radios de corto alcance) y con la empresa a la cual pertenece (radio de largo alcance, Avantel o celular).
15. Todos los no residentes deben ser objeto de anuncio y sólo pueden pasar quienes sean aceptados (los menores de edad no pueden autorizar ingresos).
16. Debe existir un mueble para recibir y mantener la correspondencia en forma ordenada y segura, sin que la manipule nadie extraño.
17. Lo ideal sería que los domiciliarios y los mensajeros no ingresaran a las instalaciones y que fueran atendidos en la recepción, no más allá, por los residentes. Así se evitarían hurtos, daños y seguimientos imprudentes. Si tuvieran que hacerlo, debe aplicarse el protocolo antedicho.
18. Las domésticas deberían estar carnetizadas. De esta forma se garantiza el conocimiento mínimo de las fámulas y sus datos. No olvidar, sin embargo, que los procesos de contratación e investigación de las auxiliares y su supervisión son tareas indelegables de los jefes de hogar.
19. Las domésticas residentes y no residentes deben ser objeto de requisa de sus pertenencias. Este protocolo es obligatorio. En ello no se deben admitir excepciones. Lo ordena la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y lo deben aplicar sin reservas y en forma constante todas las administraciones y empresas.
20. Los obreros y proveedores de los hogares también deben ser anunciados y requisados.
21. Debe existir un procedimiento para los trasteos o mudanzas.
22. El guarda debe disponer de servicio sanitario exclusivo en la misma portería o en un punto tan cercano que no lo aleje de su área de responsabilidad.
23. En las porterías no se debe admitir el uso de radios, televisores o dispositivos electrónicos diferentes que sean distractores o molestos.
24. A las porterías deben ingresar sólo los empleados que las atienden, la administración y el personal de aseo.
25. Los vigilantes no son auxiliares domésticos de los residentes ni sus valet parking. Sus labores deben ser respetadas y apoyadas.
26. Los recorredores se deben mantener en su labor, sin reunirse con los porteros para departir.
27. Las porterías no pueden convertirse en salas de espera de visitantes. Lo contrario conlleva riesgos.
28. A veces en las porterías quedan ubicados los terminales de otros medios de soporte tecnológico como sucede con las alarmas comunales (barreras fotoeléctricas, hilos electrificados, etc.). Los paneles y cableados de estos sistemas deben instalarse con idoneidad técnica.
En realidad, una portería residencial moderna es un centro de atención de usuarios con personal de vigilancia altamente capacitado, con protocolos, procesos y procedimientos que garanticen disuasión, prevención, filtro y control y con tecnología de soporte de punta.