Actividad de capacitación en la academia El Pentágono de Bogotá, hoy 15 de junio de 2018.
A medida que crece nuestra experiencia en la gestión de seguridad de conjuntos residenciales, confirmamos que quienes los habitan no encuentran fácilmente asesoría para tomar decisiones certeras en lo relacionado con la protección de sus intereses. Este blog pretende suplir tal vacío con recomendaciones sencillas y prácticas. Si usted tiene opiniones que no desea expresar en público, escríbanos a nuestro correo corporativo. Nota: Con frecuencia tratamos temas de seguridad general
viernes, junio 15, 2018
miércoles, junio 06, 2018
Corte Constitucional Define Cuándo Se Pueden Pedir Videos
El alto tribunal dijo que la información en cámaras en el domicilio de una persona es privada.
La Corte Constitucional fijó los parámetros que se deben tener en cuenta para pedir y entregar videos grabados por cámaras de seguridad. Dijo que la información grabada en cámaras instaladas en el domicilio de una persona es “indiscutiblemente privada”, a menos que se trate de vigilancia por una orden judicial.
Lo mismo ocurre con los equipos de vigilancia instalados en establecimientos privados que son abiertos al público como centros comerciales, establecimientos turísticos o de comercio, etc., lo que implica que sólo se podría acceder a esos videos a través de una orden judicial.
Según la corte, esas cámaras “continuamente están registrando información de las personas que frecuentan este tipo de lugares”, lo que hace que se deba proteger su intimidad.
Algo distinto ocurre con los dispositivos de seguridad instalados en establecimientos o instituciones públicas, “ya que están captando imágenes en un lugar abierto”, por lo cual sus videos sí son accesibles.
[La declaración de la corte se dio al rechazar una tutela que presentó una mujer para obtener los videos de la Sociedad Ecotermales San Vicente S. A. de Santa Rosa de Cabal, pues su padre murió tras asistir a ese sitio turístico en julio del año pasado. La interesada afirmó que quería ver los videos porque su padre se encontraba en los termales cuando “sufrió un accidente en circunstancias extrañas”, que llevó a su muerte seis días después. Dijo que el 7 de julio de 2017 pidió una copia a los termales porque en el hospital requerían conocer con precisión el tiempo que el señor estuvo en las aguas, y el 11 de julio le respondieron negativamente ya que “los videos muestran datos sensibles en donde están menores de edad y la ley de protección de datos les impide su compulsa”. La corte le dio la razón a la empresa y aseguró que la información de esos videos es privada porque “tiene información personal de niños, niñas y adolescentes en vestido de baño que se recrean en la piscina y, por consiguiente, sólo puede ser obtenida y ofrecida por orden de autoridad judicial”.]
Lo dicho debe conducir a los administradores de los establecimientos en donde prestamos servicios de vigilancia y en donde existen sistemas de circuito cerrado de televisión a ser más prudentes en la entrega de esta clase de evidencias a los particulares. Por supuesto, se deben respetar las órdenes judiciales y la institución de la cadena de custodia pero no hay que acceder a la petición de cualquiera para cualquier propósito.
viernes, junio 01, 2018
Las Antenas Base y los Celulares son Dañosos
El desarrollo científico y tecnológico nos ha llevado a una situación en extremo peligrosa.
No cabe duda de que en la actualidad una de las principales amenazas
para la salud es la electrocontaminación producida por la misma sociedad.
La contaminación electromagnética no ionizante de origen tecnológico es
especialmente perniciosa porque escapa a la percepción de los sentidos y esta circunstancia fomenta una actitud inconsciente en lo que tiene
que ver con la protección personal.
Con todo, la naturaleza de la contaminación es tal que no
hay lugar en dónde esconderse. Además, dado el tiempo escaso
durante el cual nos hemos expuesto a ella no tenemos ninguna inmunidad
evolutiva ni contra los efectos nocivos que en forma directa pudiera tener sobre
nuestros cuerpos, ni contra las posibles interferencias en los procesos
electromagnéticos naturales de los que depende la homeostasis o conjunto de fenómenos de autorregulación conducentes al mantenimiento de
una relativa constancia en la composición y las propiedades del medio interno
de un organismo.
Es un hecho que las radiaciones electromagnéticas están relacionadas con
el cáncer, las patologías del sistema nervioso, del hígado y de las glándulas
de secreción interna, las muertes súbitas de los lactantes y el aborto.
La preocupación de la gente no es infundada y la ironía de la situación
actual respecto a las antenas o estaciones base y los teléfonos celulares o móviles es que las
directrices de seguridad existentes proporcionan mayor
protección a la instrumentación electrónica que a los humanos, una paradoja que patentiza cómo las cosas valen hoy más que las personas.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)