Las domésticas son empleadas de altísima
confianza de las familias de estratos socioeconómicos altos y deben ser aliadas
leales de sus jefes, nunca sus enemigas: por ningún motivo las muchachas se pueden
convertir en informantes o divulgadoras de las actividades de los miembros del
hogar, en autoras o cómplices de modalidades delictivas tan manidas como la
"llamada millonaria" ni en elementos que generen zozobra con sus
desatinos.
Los empleadores no deben perder de vista
que las fámulas no sólo quedan todos los días en poder de la morada (y de su
contenido de bienes materiales a veces muy valiosos) sino que están a
cargo de personas inermes como ancianos, niños y enfermos. Es pues un asunto
indelegable y de máximo cuidado escogerlas, vincularlas, formarlas y
controlarlas. El papel de los jefes de hogar en la
contratación cautelosa de estas trabajadoras es trascendental (realizando a las aspirantes
revisión de antecedentes, prueba de polígrafo y visita domiciliaria), en su
capacitación (en temas como la “llamada millonaria”, el “falso vecino” y el
“falso representante de las autoridades”) y en el establecimiento meridiano de
las funciones y prohibiciones que les atañen sin trasladar a la administración
o a la vigilancia responsabilidades de supervisión, control o auditoría que nos
les incumben a instancias ajenas o ubicadas fuera del hogar y la familia.
Hay que ser conscientes de que en los puestos residenciales
de vigilancia los guardas requisan a las domésticas las pertenencias que llevan
a la mano (en particular los contenedores de elementos como maletas,
maletines, bolsos, bolsas, morrales, paquetes y portafolios), pero este
protocolo no incluye el cuerpo ni las prendas en uso (no hay cacheo) y jamás con él se puede
vulnerar la dignidad de las personas.
Los administradores de las copropiedades y
los jefes de hogar son los llamados a manifestar (preferiblemente por escrito)
si las empleadas están sujetas a algún tipo de restricción o limitación en
cuanto se refiere a salidas en general o a sacar del apartamento o de la casa a
los niños, las mascotas o los bienes.
En Salvaguardar Ltda tenemos reglamentado por supuesto que en entornos
residenciales los niños no puedan salir solos y que siempre deban ir
acompañados por un adulto responsable, pero los detalles específicos deben ser regulados proactivamente por los usuarios de acuerdo a sus
situaciones, condiciones, fortalezas, vulnerabilidades e intereses.
Hay que subrayar que las domésticas son personas adultas y que no están presas; también, que los vigilantes no son guardianes carcelarios.
La vigilancia privada
debe respetar la constitución, las leyes y los parámetros fijados por la
superintendencia del ramo y no puede establecer condiciones, trabas o
impedimentos que no instituyan las normas o que no le soliciten sus clientes
por razones fundadas.
Si no confía en su doméstica, ¡¿para qué la llevó a su casa?!